Categorización y Recategorización de Establecimientos Médicos
Fundamentos de la Categorización de Establecimientos de Salud
Consultorios y Centros Médicos, con y sin especialidad; Policlínicos con médico general, enfermera, obstetra y técnico, a veces con odontología, con consulta externa y algunas veces con internamiento no mayor de 12 horas; así como Clínicas. Todos ellos regentados por un Médico Cirujano, que realizan por primera vez su gestión ante la DIRIS o renuevan su autorización ante la autoridad administrativa.
Portafolio
Procedimiento de la Categorización y Recategorización de un establecimiento médico
- La Categorización (inicio o primera vez) de un establecimiento médico es por tres años.
- Al lapso de ese tiempo, el establecimiento médico debe Recategorizar (renovación de autorización) su permiso ante la DIRIS, mediante una Resolución Administrativa por otro lapso de tiempo igual.
Requisitos para llevar a cabo el convenio con el gestor administrativo
- Elaboración del Contrato de Servicios, donde señalaremos minuciosamente todos los anexos que debe otorgarnos la IPRESS, la labor que realizaremos y los plazos por cada etapa de gestión ante las autoridades administrativas.
- Gestión de su autorización en el Municipio.
- Inscripción de la IPRESS ante el RENIPRESS de SUSALUD.
- Preparación del file para la DIRIS, considerando que la IPRESS debe pagar en el Banco de la Nación un monto a nombre de la DIRIS para iniciar el trámite de Categorización o Recategorización.
- Con la carpeta autorizada por el representante legal de la IPRESS, se eleva a la mesa de partes de la DIRIS, quien otorga el número de expediente.
- La DIRIS fija la fecha de inspección ocular.
- Con la administración de la IPRESS, dispondremos del establecimiento médico para la inspección ocular.
Considerando entre otros
UbicaciónAutorización ante el Municipio de su jurisdicciónOrganizaciónInfraestructuraEspecialidadesEquipamientoRRHHGuías de Práctica ClínicaAnexar y llenar formatos DIRIS